Baja California Sur → Baja California Sur · Carretera Transpeninsular 1
Rehacer en sentido inverso el camino escénico entre Los Cabos (Baja California Sur) y La Paz (Baja California Sur) revela ángulos que escapan en la ida — laderas iluminadas por el sol vespertino, miradores que quedan a la izquierda en el retorno, calma de las playas que estuvieron concurridas por la mañana. Son los mismos 181 km y cerca de 2 h 01 min por la Carretera Transpeninsular 1, ahora recorridos con mirada distinta. Los Cabos (destino turístico de la punta de la península de Baja California) queda atrás y La Paz (capital sudcaliforniana sobre el Mar de Cortés y nodo del ferry Topolobampo-La Paz) recibe al conductor al final de la tarde. Combustible cerca de MXN 365.42 (15.1 litros). Resarcimiento de regreso en MXN 1176.50 según la tarifa de MXN 6.50/km. En el recibo Clara, indica el paisaje recorrido en el campo de observaciones para alimentar el catálogo interno de rutas turístico-comerciales. Anexa registro fotográfico del odómetro final junto con horario exacto de llegada, especialmente si el regreso atravesó el atardecer — ese detalle ayuda al equipo administrativo a confirmar carga horaria cuando hay duda sobre tiempo total trabajado. Para cerrar el ciclo, actualiza la aplicación de gastos corporativos con los puntos de parada turística realizados, aun cuando no hayan generado factura. Para el profesional mexicano que recorre los 181 km entre Los Cabos y La Paz, el reembolso de MXN 1176.50 debe respaldarse con CFDI (factura electrónica) con uso G03 para que la empresa pueda deducirlo y acreditar el IVA correspondiente. Las empresas mexicanas suelen acreditar el IVA del combustible cuando el CFDI lleva el método de pago corporativo y el RFC del contribuyente. Carga el comprobante de combustible adquirido en la red de gasolineras supervisadas por la CRE a la plataforma corporativa antes del cierre de la quincena; sin XML válido, la Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México suele rechazar la deducción durante una revisión de gabinete. Profesionales independientes que facturan honorarios pueden además deducir el tramo Los Cabos→La Paz como gasto estrictamente indispensable conforme al artículo 28 de la LISR.